El Concejo Municipal de Young dio a conocer las condiciones para la utilización de la unidad de transporte, destinada a instituciones educativas, organizaciones sin fines de lucro y delegaciones culturales, deportivas y religiosas, entre otras. El reglamento establece los requisitos para solicitar el servicio, los costos que deberán asumir los beneficiarios y las responsabilidades vinculadas a su utilización.
Criterios de asignación y beneficiarios
En la última sesión del Concejo Municipal de Young se pudo conocer el reglamento establecido para el uso del minibús del Municipio local, documento que regula la disposición de la unidad de transporte en carácter de préstamo.
De acuerdo con lo establecido, el Concejo Municipal de Young será la autoridad encargada de evaluar las solicitudes y determinar la afectación del vehículo, bajo criterios de igualdad y procurando un aprovechamiento compartido entre los beneficiarios.
El reglamento contempla las siguientes situaciones y necesidades:
- Establecimientos de educación.
- Instituciones públicas o privadas sin fines de lucro, con sede y asiento en la localidad y el área del Municipio.
- Delegaciones culturales, deportivas y religiosas de distinta índole, priorizándose aquellas que concurran a eventos en representación de Young.
- Comisiones formalmente constituidas y autorizadas por el Concejo Municipal.
- Personal dependiente del Municipio de Young que requiera movilizarse por razones de servicio.
- Delegaciones no contempladas expresamente, que sean autorizadas por el Concejo Municipal.
Requisitos para solicitar el minibús
Las instituciones interesadas en utilizar la unidad deberán comunicar su intención mediante una nota escrita dirigida a la alcaldesa o al Concejo Municipal de Young.
La solicitud deberá ser ingresada formalmente por Secretaría del Municipio, ya sea de manera presencial o a través del correo electrónico municipio.young@rionegro.gub.uy, con una antelación mínima de 15 días respecto a la fecha prevista para el traslado, salvo situaciones excepcionales debidamente justificadas.
La nota deberá incluir información detallada sobre:
- Fecha y lugar del traslado.
- Cantidad máxima de personas.
- Evento al que se pretende asistir.
- Hora estimada de salida y regreso.
- Nómina de las personas responsables de la delegación.
Traslados que no serán contemplados
El reglamento establece que no se considerarán solicitudes para traslados fuera de los límites del país.
Tampoco se autorizará la utilización de la unidad para casos de particulares, fines políticos partidarios o instituciones radicadas fuera de la jurisdicción municipal, sin excepciones.
Combustible, viáticos y otros costos
Uno de los aspectos centrales del documento refiere a los gastos originados por el uso del minibús, los cuales serán de exclusiva responsabilidad de las instituciones beneficiarias.
Estos costos comprenden el combustible, las horas extras del personal asignado como chofer y otras tarifas que demande el traslado y regreso a destino.
El reglamento establece expresamente que queda prohibido el cobro de pasaje por el uso de la unidad solicitada.
En cuanto al combustible, se dispone que al momento de salir de la ciudad de Young se completará el tanque a costo del Municipio. Una vez finalizado el viaje, el tanque deberá ser completado nuevamente a costo del beneficiario, correspondiendo este importe al combustible utilizado durante todo el recorrido.
Régimen de viáticos para el chofer
El documento también determina los costos correspondientes al conductor de la unidad, según el día y la duración del traslado:
De lunes a viernes: para viajes de hasta seis horas totales, incluyendo recorrido y espera, corresponderá el pago de medio viático.
Sábados, domingos y feriados: para traslados de hasta seis horas, el costo será equivalente a un viático.
Fines de semana y feriados con más de seis horas: corresponderán dos viáticos y/o las horas extras que correspondan.
Los viáticos del chofer deberán abonarse en la caja del Municipio de Young durante el primer día hábil, dentro de las 24 horas posteriores al viaje realizado.
Asimismo, los imprevistos que se presenten con motivo del servicio y que generen costos adicionales, como comidas, hospedajes u otros gastos, estarán a cargo de la institución beneficiaria.
Confirmación y plazo de utilización
Una vez confirmado y comunicado formalmente el otorgamiento de la unidad, el Municipio notificará a la institución solicitante los costos correspondientes al viaje.
La institución deberá responder dentro de las 48 horas siguientes. En caso de no hacerlo, el Municipio quedará facultado para dar por desistida la solicitud y evaluar la posibilidad de reasignar la unidad a otra institución que se encuentre en lista de espera para la misma fecha.
El uso del minibús será por un término de 24 horas, correspondiente a una jornada, debiendo salir y regresar dentro de los horarios previstos y solicitados.
Las excepciones deberán ser autorizadas por el Concejo Municipal por mayoría. En esos casos, los costos de alimentación y estadía del chofer estarán a cargo del beneficiario.
Responsabilidades de las instituciones
El reglamento establece una serie de obligaciones para las instituciones que accedan al servicio de transporte municipal.
En el caso de traslados de delegaciones o representativos integrados por menores de edad, deberá establecerse el acompañamiento de un adulto responsable, padre, madre o tutor a cargo.
También se dispone que los menores de cinco años deberán viajar en su propia silla, respetando la reglamentación municipal y nacional vigente para estos casos.
La institución beneficiaria será responsable de la conducta y el desempeño de los integrantes de la delegación durante el viaje.
Asimismo, deberá hacerse cargo de las pérdidas, roturas, robos de equipaje o pertenencias de los integrantes de la delegación, tanto dentro como fuera de la unidad, durante el transcurso del traslado.
Capacidad máxima y conducción
En materia de seguridad, el reglamento establece que la capacidad máxima del minibús municipal es de 15 pasajeros.
No estará permitido exceder ese número bajo ningún pretexto, ni transportar personas de pie o fuera de la cantidad de asientos disponibles.
La conducción y el manejo de la unidad estarán exclusivamente a cargo del funcionario municipal que sea designado por la alcaldesa o el Concejo Municipal de Young.
Prohibiciones dentro del vehículo
Finalmente, el documento establece que queda terminantemente prohibido fumar o consumir bebidas alcohólicas en el interior del minibús municipal.
De esta manera, el Municipio de Young formaliza las condiciones de utilización de su unidad de transporte, estableciendo un marco de funcionamiento para la asignación de los viajes, la distribución de los costos y las obligaciones de las instituciones beneficiarias.
*Foto redes sociales Municipio de Young
