El Poder Ejecutivo resolvió que a partir de hoy el descuento en la zona fronteriza con Argentina se reducirá al 33%.
La Resolución Nº 1609/2025, fechada el 25 de setiembre, señala “que se han realizado los relevamientos requeridos. Atento lo expuesto y a que se cuenta con la autorización del Ministerio de Economía y Finanzas, el director general de Rentas 1º) Fíjase la reducción del Impuesto Específico Interno (Imesi) a que refiere el artículo 1º del Decreto Nº 398/007 de 29 de octubre de 2007, en los siguientes valores: – 33% (treinta y tres por ciento) para las enajenaciones de naftas realizadas en las estaciones de servicio ubicadas en un radio máximo de 20 (veinte) kilómetros de los pasos de frontera a que refiere el numeral 1 del inciso primero del artículo 2º del Decreto Nº 398/007 de 29 de octubre de 2007; -30% (treinta por ciento) para las enajenaciones de naftas realizadas en las estaciones de servicio ubicadas en un radio máximo de 20 (veinte) kilómetros de los pasos de frontera a que refiere el numeral 2 del inciso primero del artículo 2º del Decreto Nº 398/007 de 29 de octubre de 2007”.
Agrega: “2º) Lo dispuesto en la presente resolución regirá para las enajenaciones de nafta que se realicen a partir del 1º de octubre de 2025 inclusive”.

