Elecciones departamentales: cuánto cuesta la multa por no ir a votar y cómo justificarlo

El plazo para argumentar la ausencia por cualquiera de las razones válidas empieza el 13 de mayo y termina el 12 de junio.

Las elecciones departamentales de este domingo 11 de mayo, al igual que las nacionales, son obligatorias para toda persona mayor de 18 años que tenga credencial cívica.

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Por lo tanto, la Corte Electoral prevé sanciones para aquellos que no cumplan con esta obligación. En concreto, quienes “no hubieren sufragado ni justificado su omisión deberán hacer efectivo el pago de la multa”.

Esta multa es de una unidad reajustable (UR), que actualmente tiene un valor de 1.820 pesos. Sin embargo, esta sanción se duplica en costo para “funcionarios públicos o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República”.

No hay plazo para efectuar el pago y el mismo podrá realizarse de forma online a través de un formulario que se habilitará en esta página web”, señala el organismo electoral.

Por otro lado, si se cumplen determinadas condiciones, no ir a votar puede justificarse: “Padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que le impida la concurrencia a la Comisión Receptora, o hallarse ausente del país el día de las elecciones”.

En el caso de las justificaciones de salud, es menester presentar un certificado médico que compruebe la condición.

Quienes se encuentren fuera del país, “podrán justificarlo por cualquier medio de prueba documental donde conste la fecha de salida y entrada al país, como ser certificado de la Dirección Nacional de Migración, pasaporte con sellos de salida e ingreso al Uruguay o pasajes que acrediten dichos extremos; constancia de trabajo en el exterior u otros de similar naturaleza”.

El plazo para presentar la justificación por cualquiera de las razones empieza el 13 de mayo y termina el 12 de junio.

*Montevideo Portal

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